Gastos deducibles en la consulta privada: qué puede desgravar un psicólogo, fisioterapeuta o nutricionista autónomo
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Gastos deducibles en la consulta privada: qué puede desgravar un psicólogo, fisioterapeuta o nutricionista autónomo

16 min de lectura

Cuando abres una consulta privada, una de las primeras preguntas que te haces es qué puedes desgravar. Y es lógico: entre el alquiler, la cuota de autónomos, el colegio profesional, el seguro y la formación, una parte importante de lo que facturas se va en gastos. Saber cuáles cuentan para Hacienda marca la diferencia en el IRPF que pagas cada trimestre y en la declaración de la renta.

En el caso de psicólogos, fisioterapeutas, nutricionistas, logopedas y otros profesionales sanitarios hay además un matiz que casi nadie explica bien: como tus sesiones terapéuticas están exentas de IVA, el IVA que pagas en tus compras no lo recuperas, pero sí lo puedes sumar como gasto en el IRPF. Esta guía repasa qué gastos son deducibles, con qué límites, qué requisitos piden y qué errores conviene evitar.

Nota: este artículo resume la normativa del IRPF y los criterios publicados por la Agencia Tributaria a fecha de octubre de 2026, pensando en profesionales autónomos en estimación directa. Si tu consulta es una sociedad limitada, tributa por el Impuesto sobre Sociedades y las reglas cambian en parte. Ante un caso concreto, lo prudente es revisarlo con tu asesor.

Qué hace que un gasto sea deducible

La regla de fondo está en la Ley 35/2006 del IRPF: el rendimiento de tu actividad se calcula restando a los ingresos los gastos necesarios para obtenerlos. No hay una lista cerrada, sino unas condiciones que cualquier gasto debe cumplir para que Hacienda lo acepte:

  1. Que esté vinculado a tu actividad. Tiene que servir para atender pacientes o para mantener la consulta en marcha. El sillón de tu despacho lo está; el sofá de tu salón, no.
  2. Que esté justificado con factura a tu nombre. Con tu NIF y tus datos. Un ticket sin identificar o una factura a nombre de otra persona son la vía más rápida para que te lo rechacen en una comprobación.
  3. Que esté registrado. En estimación directa estás obligado a llevar el libro registro de gastos, además del de ingresos y el de bienes de inversión.
  4. Que se impute al año que toca. El gasto se deduce, en general, en el ejercicio en el que se devenga, no cuando te apetece.

Si un gasto cumple las cuatro, lo normal es que sea deducible. Si falla en una, aunque sea razonable, tendrás difícil defenderlo.

El matiz sanitario: el IVA que pagas se convierte en gasto

Las sesiones con finalidad terapéutica que presta un profesional sanitario están exentas de IVA por el artículo 20.Uno.3º de la Ley del IVA. Lo explicamos con detalle en nuestra guía sobre cuándo lleva IVA una sesión en la consulta privada.

La consecuencia práctica es que no cobras IVA a tus pacientes, pero tampoco puedes restar el IVA que pagas a tus proveedores, porque no presentas declaraciones de IVA por esas operaciones. Ese IVA no se pierde del todo: pasa a formar parte del coste del gasto en el IRPF.

Un ejemplo sencillo: si pagas un alquiler de 600 € más 126 € de IVA, el gasto deducible en tu IRPF es de 726 €, no de 600 €. Lo mismo ocurre con el software, el material, la gestoría o la formación que lleven IVA.

Si además prestas servicios que sí tributan al 21 %, como coaching o talleres de bienestar para empresas, entras en la regla de prorrata: podrás deducir en el IVA una parte proporcional de lo que soportas, y el resto seguirá yendo como gasto en el IRPF. En ese escenario merece la pena que tu asesor haga bien el cálculo desde el principio del año.

Gastos deducibles al 100 % en una consulta privada

Estos son los gastos que, cumpliendo los requisitos anteriores, suelen deducirse en su totalidad.

Cuota de autónomos o mutualidad alternativa

La cuota del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es deducible al completo. Si en lugar del RETA cotizas a una mutualidad alternativa, las cuotas también son gasto en la parte que cubre las contingencias del régimen de autónomos, con el límite de la cuota máxima por contingencias comunes de cada ejercicio, según el manual práctico de la Agencia Tributaria.

Colegio profesional y seguro de responsabilidad civil

La colegiación es obligatoria en buena parte de las profesiones sanitarias, y su cuota es un gasto directamente ligado a poder ejercer. Lo mismo ocurre con el seguro de responsabilidad civil profesional, que muchos colegios incluyen o exigen.

Alquiler y gastos del local

Si alquilas un local o un despacho dedicado solo a la consulta, el alquiler es deducible, igual que la comunidad, el IBI que te repercutan, la limpieza, las reparaciones y los suministros del local: luz, agua, calefacción, internet y teléfono.

Un detalle que a menudo se pasa por alto: si alquilas un local a un propietario particular o a una empresa y tú desarrollas una actividad profesional, en general debes practicar una retención del 19 % sobre el alquiler e ingresarla trimestralmente con el modelo 115, más el resumen anual en el modelo 180. Hay excepciones, por ejemplo cuando el arrendador acredita que está exonerado, así que confírmalo antes de firmar el contrato.

Si trabajas en un centro compartido y pagas por horas o por sala, la factura del centro es igual de deducible.

Material y equipamiento de trabajo

Aquí entra todo lo que usas con tus pacientes: material fungible de fisioterapia (cremas, vendajes, agujas de punción seca), tests y baterías de evaluación psicológica, básculas o plicómetros en nutrición, material de logopedia, juegos y cuentos para terapia infantil o papelería de la consulta.

El material que se consume en el año se deduce directamente. Los equipos que duran varios años, como una camilla, un ordenador o un ecógrafo, se deducen mediante amortización, salvo que sean de escaso valor; lo vemos más abajo.

Software, web y captación de pacientes

El programa de agenda y facturación, el dominio y el alojamiento de tu web, la plataforma de videoconsulta, las campañas de anuncios o la cuota de un directorio de profesionales son gastos de la actividad. También lo son el diseño de tu logotipo, las tarjetas de visita o una sesión de fotos profesional para la web.

Formación y supervisión

Másteres, cursos de especialización, congresos, libros técnicos y supervisión clínica son deducibles siempre que estén relacionados con lo que haces en consulta. Un curso de una nueva técnica de terapia manual encaja para un fisioterapeuta; un curso de cocina, salvo que seas nutricionista y lo uses en tu práctica, difícilmente lo hará.

Asesoría, banco y otros servicios profesionales

La gestoría, el asesor fiscal, el delegado de protección de datos externo si lo contratas, las comisiones de la cuenta profesional y las del datáfono también son gasto. Igual que la retirada de residuos sanitarios, si tu actividad la necesita.

Gastos deducibles con límites

Algunos gastos son deducibles, pero solo en parte o hasta un tope concreto.

Si pasas consulta en tu casa

Si dedicas una parte de tu vivienda a la consulta y lo has comunicado a Hacienda en tu declaración censal (modelo 036 o 037), puedes deducir la parte proporcional a los metros cuadrados afectos de gastos como el IBI, la comunidad, el seguro del hogar o la amortización de la vivienda si eres propietario.

Con los suministros (agua, luz, gas, telefonía e internet), la ley añade un límite: puedes deducir el 30 % de la parte proporcional a los metros afectos. Si tu despacho ocupa el 20 % de la vivienda, deducirás el 30 % de ese 20 %, es decir, un 6 % de cada factura de suministros. Es poco, pero suma, y conviene aplicarlo bien en vez de deducir de más.

Seguro de salud

Las primas del seguro de enfermedad que pagues para ti, tu cónyuge y tus hijos menores de 25 años que convivan contigo son deducibles con un límite de 500 € por persona y año, o 1.500 € por persona con discapacidad.

Comidas y desplazamientos

Las comidas propias son deducibles solo si se dan en el desarrollo de la actividad, en un restaurante u hostelería, fuera del municipio de tu consulta y del de tu domicilio, y pagadas con tarjeta u otro medio electrónico. Los límites diarios son de 26,67 € en España sin pernocta y 53,34 € si duermes fuera; en el extranjero, 48,08 € y 91,35 €. Encaja, por ejemplo, con un congreso en otra ciudad o con visitas a domicilio en otro municipio.

El transporte público, los billetes de tren o avión y el alojamiento por motivos profesionales se deducen con su factura.

Teléfono móvil

Si usas el mismo móvil para la consulta y para tu vida personal, solo es deducible la parte que puedas justificar como profesional. Lo más limpio, y lo más fácil de defender, es tener una línea dedicada a la consulta.

Vehículo

Es el gasto más discutido. En el IRPF, el coche solo se considera afecto si lo usas exclusivamente para la actividad, y un uso personal puntual basta para perder la deducción. Si haces domicilios a diario puede tener sentido estudiarlo con tu asesor, pero para la mayoría de consultas con local fijo lo prudente es no deducirlo.

Amortizaciones: equipos que duran varios años

Cuando compras algo que vas a usar durante varios años, el gasto se reparte mediante amortización. En estimación directa simplificada se aplica una tabla de coeficientes máximos. Para una consulta, los más habituales son estos:

Elemento Coeficiente máximo anual Periodo máximo
Mobiliario e instalaciones (sillones, estanterías, camilla) 10 % 20 años
Útiles y herramientas 30 % 8 años
Equipos informáticos 26 % 10 años
Programas informáticos 33 % 6 años

Si compras un ordenador de 1.200 € para la consulta, podrás deducir hasta 312 € al año (el 26 %) hasta completar su valor.

Hay una vía más rápida para elementos nuevos de poco importe: los que no superen los 300 € por unidad pueden deducirse de golpe en el año de compra, con un máximo de 25.000 € al año. Una silla, una lámpara o un pequeño aparato de electroterapia suelen entrar aquí.

Los gastos de difícil justificación: el 5 % que se aplica solo

Si estás en estimación directa simplificada, que es la modalidad de la mayoría de autónomos sanitarios, puedes restar además un 5 % del rendimiento neto en concepto de provisiones y gastos de difícil justificación, con un máximo de 2.000 € al año. No necesitas factura para este importe: se aplica sobre el resultado una vez restados los demás gastos.

Dos aclaraciones. El 7 % que quizá hayas leído solo estuvo en vigor para el ejercicio 2023; en 2025 y 2026 el porcentaje general vuelve a ser el 5 %. La única excepción en 2026 son las actividades desarrolladas en Ceuta con derecho a la deducción específica de esa ciudad, para las que el Real Decreto-ley 22/2026 lo sube al 10 %. Y este 5 % es incompatible con la reducción especial para autónomos económicamente dependientes o con un único cliente.

Ejemplo práctico: una psicóloga con consulta alquilada

Para verlo con números, imagina a una psicóloga autónoma en estimación directa simplificada. Las cifras son un ejemplo orientativo con importes redondos, no una referencia de lo que deberías pagar:

Concepto Importe anual
Ingresos por sesiones (exentas de IVA) 48.000 €
Cuota de autónomos (importe de ejemplo) 3.600 €
Alquiler del despacho, IVA incluido (726 € × 12) 8.712 €
Colegio profesional y seguro de RC 450 €
Software, web y directorios 600 €
Formación y supervisión 900 €
Material y papelería 600 €
Gestoría 1.080 €
Total de gastos 15.942 €
Rendimiento antes del 5 % 32.058 €
Gastos de difícil justificación (5 %) 1.602,90 €
Rendimiento neto 30.455,10 €

Si esta profesional no hubiera sumado el IVA del alquiler como gasto, habría declarado 1.512 € de gastos menos. Y si se le hubiera olvidado la retención del 19 % del alquiler, el problema no estaría en el IRPF, sino en el modelo 115 que no presentó.

Cómo encaja todo esto con tus pagos trimestrales

Los gastos no solo cuentan en la declaración de la renta. Si atiendes sobre todo a pacientes particulares, sus pagos no llevan retención y lo habitual es que tengas que presentar el modelo 130 cada trimestre, ingresando el 20 % del rendimiento neto acumulado del año, menos lo que ya hayas pagado en trimestres anteriores y las retenciones que te hayan practicado.

No estás obligado al modelo 130 si en el año anterior al menos el 70 % de los ingresos de tu actividad tuvieron retención, algo que pasa cuando trabajas sobre todo para clínicas, mutuas o empresas. En esas facturas aplicas una retención del 15 %, o del 7 % el año en que empiezas y los dos siguientes.

Por eso conviene apuntar los gastos al día y no a final de año: cada gasto que registras reduce lo que adelantas a Hacienda ese trimestre.

Gastos que no son deducibles, aunque lo parezcan

  • Ropa de calle, aunque la uses solo para pasar consulta. Los uniformes o pijamas de trabajo específicos sí pueden serlo.
  • Comidas en tu propio municipio, incluidas las que haces entre paciente y paciente.
  • El propio IRPF, multas y recargos.
  • Gastos personales camuflados, como el gimnasio, la suscripción a plataformas de ocio o regalos sin relación con la actividad.
  • El coche de uso mixto, salvo casos muy concretos.
  • Cualquier gasto sin factura a tu nombre, por razonable que sea.

Errores frecuentes en consultas sanitarias

  1. Restar el IVA dos veces o ninguna. Si tus sesiones están exentas, el IVA de tus compras va dentro del gasto del IRPF. Ni lo pierdas ni intentes recuperarlo en un modelo 303 que no presentas.
  2. No comunicar la parte de la vivienda afecta. Sin ese paso en el modelo 036 o 037, deducir gastos de casa es mucho más difícil de defender.
  3. Deducir el 100 % de los suministros de casa. El límite es el 30 % de la parte proporcional, no la factura entera.
  4. Olvidar la retención del alquiler del local. Es un error caro, porque genera recargos aunque el alquiler esté bien deducido.
  5. Amontonar tickets en una caja. Pide siempre factura completa con tus datos y regístrala en el libro de gastos ese mismo mes.
  6. Confundir lo deducible con lo gratis. Deducir un gasto reduce tu base imponible, no te devuelve todo lo gastado. Si tu tipo marginal es del 30 %, un gasto de 100 € te ahorra unos 30 € de impuesto.

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Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que las obligaciones pendientes de Veri*Factu se aplazan a octubre de 2028, alineadas con la factura electrónica, así que no es obligatorio ni en 2026 ni en 2027; te contamos qué cambia con el aplazamiento de Veri*Factu. Aun así, facturar desde un programa preparado te ahorra cambiar de sistema con prisas más adelante.

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Preguntas frecuentes

¿Qué gastos puede deducirse un psicólogo autónomo?

Los vinculados a la consulta y justificados con factura a su nombre: cuota de autónomos, colegio profesional, seguro de responsabilidad civil, alquiler y suministros del despacho, tests y material de evaluación, formación y supervisión, software, web y gestoría. Si pasa consulta en casa, puede deducir una parte de los gastos de la vivienda con los límites que marca la ley.

¿Un fisioterapeuta puede deducirse la camilla y el material?

Sí. El material fungible, como cremas, vendajes o agujas, se deduce en el año en que se compra. La camilla y otros equipos que duran años se amortizan, salvo que cuesten 300 € o menos por unidad, en cuyo caso pueden deducirse de una vez.

Si mis sesiones están exentas de IVA, ¿qué hago con el IVA de mis facturas de gastos?

No lo recuperas en un modelo de IVA, pero lo sumas al gasto en el IRPF. Si una factura es de 100 € más 21 € de IVA, el gasto deducible es de 121 €. Si además prestas servicios con IVA, se aplica la prorrata.

¿Cuánto puedo deducir de luz e internet si trabajo desde casa?

El 30 % de la parte proporcional a los metros cuadrados que dedicas a la consulta. Si el despacho ocupa el 20 % de la vivienda, deducirás un 6 % de esas facturas. Para aplicarlo, la parte de la vivienda afecta debe constar en tu declaración censal.

¿El 5 % de gastos de difícil justificación se aplica automáticamente?

Se aplica en estimación directa simplificada sobre el rendimiento neto, sin necesidad de factura, con un máximo de 2.000 € al año. En 2026 el porcentaje general es del 5 %; el 7 % solo rigió en 2023.

¿Puedo deducir el seguro médico privado?

Sí, si eres autónomo: hasta 500 € al año por ti, tu cónyuge y cada hijo menor de 25 años que conviva contigo, o 1.500 € por persona con discapacidad.

¿Y si mi consulta es una sociedad limitada?

Entonces la sociedad tributa por el Impuesto sobre Sociedades y la mayoría de estos gastos se deducen en la sociedad, con reglas propias en temas como los suministros de una vivienda o la retribución del socio. Es un escenario distinto que conviene revisar con tu asesor.

En resumen

Un gasto es deducible si está ligado a tu consulta, tiene factura a tu nombre, está registrado y se imputa al año que toca. Cuota de autónomos, colegio, seguro, alquiler, material, formación y software entran casi siempre al 100 %. Los gastos de casa, el seguro de salud, las comidas y el móvil tienen límites concretos, y el coche casi nunca compensa.

Como profesional sanitario tienes además una particularidad a tu favor: el IVA que pagas y no recuperas cuenta como gasto en el IRPF, y en estimación directa simplificada sumas un 5 % extra de gastos de difícil justificación. Lleva los gastos al día, revisa con tu asesor los casos dudosos y, si quieres que la parte de ingresos salga sola de cada cita, puedes probar Mundoctor Pro 14 días por 39,95 € al mes y sin comisión por cita.