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Checklist RGPD para Consultas de Salud en España

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Checklist RGPD para Consultas de Salud en España

Checklist RGPD para Consultas de Salud en España

El cumplimiento del RGPD es obligatorio para todas las consultas de salud en España que gestionen datos sensibles, como historiales médicos o información genética. Este reglamento, junto con la LOPDGDD, establece medidas claras para proteger la privacidad de los pacientes y evitar sanciones que pueden alcanzar los 20 millones de euros o el 4 % de la facturación anual.

Puntos clave:

  • Registro de Actividades de Tratamiento (RAT): Obligatorio para documentar cómo se manejan los datos.
  • Responsables y Encargados del Tratamiento: Identifica quién controla y procesa los datos.
  • Derechos de los Pacientes: Garantiza acceso, rectificación, supresión y portabilidad de datos.
  • Medidas de Seguridad: Implementa cifrado, controles de acceso y notificación de brechas en 72 horas.
  • Delegado de Protección de Datos (DPD): Requerido si se manejan datos de salud a gran escala.
  • Consentimiento: Informa y registra el consentimiento de manera clara y accesible.

El uso de herramientas como Mundoctor puede facilitar el cumplimiento, automatizando procesos clave por 39,95 €/mes. La seguridad de los datos no solo es una obligación legal, sino también una forma de generar confianza con los pacientes.

Checklist completo de cumplimiento RGPD para consultas de salud en España

Checklist completo de cumplimiento RGPD para consultas de salud en España

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Requisitos Legales y Documentación Obligatoria

Cumplir con el RGPD y la LOPDGDD no se limita a almacenar documentos, sino que implica mantener registros actualizados que reflejen cómo gestionas los datos de tus pacientes en la práctica diaria. Este cumplimiento es más que una formalidad: las autoridades de protección de datos han impuesto 237 sanciones en el sector sanitario, acumulando multas por un total cercano a los 22,8 millones de euros. A continuación, se explican los documentos y procesos clave para garantizar que tu consulta cumple con la normativa.

Definición de Responsables y Encargados del Tratamiento

El primer paso es identificar claramente quién controla los datos y quién los procesa. El responsable del tratamiento es quien decide el "cómo" y el "por qué" de los datos personales. En una consulta sanitaria, este papel suele recaer en el propietario de la clínica o la sociedad profesional. Por otro lado, el procesador es cualquier tercero que gestiona los datos siguiendo tus instrucciones, como proveedores de software de gestión, plataformas de almacenamiento en la nube o laboratorios externos.

"Un responsable del tratamiento determina los fines y medios del procesamiento de datos personales. En otras palabras, el responsable decide el cómo y el por qué de una operación de tratamiento de datos." – Comité Europeo de Protección de Datos

Esta distinción es clave porque define las responsabilidades legales. Como responsable, estás obligado a garantizar que los procesadores cumplan con el RGPD. Esto se formaliza mediante contratos que especifiquen sus obligaciones en temas como seguridad, confidencialidad y notificación de brechas. Si un procesador incumple, tú sigues siendo el responsable ante las autoridades y podrías enfrentar sanciones.

Obligación Responsable del Tratamiento Procesador
Responsabilidad principal Decide el "cómo" y el "por qué" del uso de datos Actúa solo siguiendo instrucciones documentadas del responsable
Derechos de los pacientes Gestiona solicitudes de acceso, supresión y portabilidad Asiste al responsable en responder estas solicitudes
Registro de actividades Mantiene un Registro de Actividades de Tratamiento (RAT) Conserva un registro de categorías de tratamiento
Notificación de brechas Informa a la AEPD y a los pacientes afectados Notifica al responsable sin demora tras detectar una brecha

Con estas responsabilidades claras, es fundamental documentar cada proceso de tratamiento de forma detallada.

Registro de Actividades de Tratamiento (RAT)

El Registro de Actividades de Tratamiento (RAT) es obligatorio para todas las consultas sanitarias que gestionen datos sensibles, como historiales médicos, datos genéticos o información biométrica. Este documento debe incluir información como:

  • Qué datos se recopilan.
  • La finalidad del tratamiento.
  • La base legal que lo respalda.
  • Quién tiene acceso a los datos.
  • Con quién se comparten.
  • El tiempo de conservación de los datos .

Incluso si tu consulta es pequeña, el RAT es obligatorio en el ámbito sanitario. Es recomendable revisarlo y actualizarlo al menos una vez al año para reflejar cualquier cambio en tus procesos.

Cuándo Necesitas un Delegado de Protección de Datos (DPD)

El nombramiento de un Delegado de Protección de Datos (DPD) es obligatorio si tu consulta gestiona datos de salud a gran escala o si actúas como autoridad pública. En España, la LOPDGDD establece que los centros sanitarios deben contar con un DPD debido a la sensibilidad de los datos que manejan.

"El rol del DPD requiere experiencia en derecho y prácticas de protección de datos. Debe operar de forma independiente y reportar directamente a la alta dirección." – Legal Nodes Team

El DPD es el enlace entre tu consulta y la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Su trabajo incluye supervisar el cumplimiento normativo, asesorar sobre evaluaciones de impacto y formar al personal en temas de protección de datos. Este rol puede ser desempeñado por un empleado interno o un profesional externo, pero en cualquier caso, debe tener autonomía y acceso directo a la dirección de tu clínica.

Derechos de los Pacientes y Gestión del Consentimiento

Informar a los pacientes sobre cómo se utilizarán sus datos personales es una obligación legal desde el primer contacto. Según la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), esta información debe proporcionarse de manera clara, accesible y estructurada en capas: un resumen inicial y la posibilidad de consultar los detalles completos. Este enfoque asegura el cumplimiento del RGPD en el ámbito sanitario, promoviendo transparencia y confianza en el manejo de la información personal. A continuación, se explican los puntos esenciales para informar a los pacientes y gestionar sus derechos.

Información Obligatoria para Pacientes

Es fundamental que cada paciente sepa quién gestiona sus datos, con qué propósito y durante cuánto tiempo se conservarán. Tanto la AEPD como la Ley Orgánica 3/2018 establecen que esta información debe estructurarse en dos niveles:

Capa de Información Contenido Requerido
Primera Capa (Básica) Identidad del responsable, finalidad del tratamiento y un resumen de los derechos del paciente.
Segunda Capa (Detallada) Base legal, plazos de conservación, datos del delegado de protección de datos (si aplica), información sobre transferencias internacionales y el derecho a reclamar ante la AEPD.

"El aviso de privacidad debe proporcionarse de manera escalonada. Esto significa que debe haber: (i) una primera capa con cierta información mínima, y (ii) un aviso de privacidad completo con toda la información de transparencia mejorada." – Linklaters

Los pacientes tienen cinco derechos básicos: acceder a sus datos, corregir información incorrecta, solicitar la eliminación de datos (derecho al olvido), transferir sus datos a otro proveedor (portabilidad) y oponerse a ciertos usos, como el marketing. En España, los menores pueden consentir el tratamiento de sus datos a partir de los 14 años, pero los padres tienen acceso a los registros clínicos de sus hijos hasta que cumplen 18 años.

Obtención y Registro del Consentimiento

Una vez informados, es esencial obtener y registrar el consentimiento de los pacientes. Aunque los datos de salud son considerados una "categoría especial" según el RGPD, en España no siempre se requiere un consentimiento explícito para procesarlos si el tratamiento es necesario para el diagnóstico médico o la prestación de servicios sanitarios (Artículo 9.2.h del RGPD). Sin embargo, para usos secundarios, como enviar comunicaciones comerciales o compartir datos con terceros ajenos a la atención médica, el consentimiento explícito es obligatorio.

"Los proveedores de servicios sanitarios pueden procesar datos de salud sin el consentimiento del paciente, ya que existe una base legal para procesar dichos datos bajo el artículo 71 del RGPD, que se aplica cuando el procesamiento es necesario para cumplir un contrato." – Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

El consentimiento debe ser tan sencillo de retirar como de otorgar. Utiliza mecanismos de opt-in (sin casillas premarcadas) y documenta la fecha, hora y finalidad de cada consentimiento.

Procesamiento de Solicitudes de Datos de Pacientes

Cuando un paciente solicite acceder, corregir o eliminar sus datos, tienes un plazo de un mes para responder. Este plazo puede extenderse hasta dos meses adicionales en casos complejos, pero deberás informar al paciente dentro del primer mes. Es imprescindible verificar la identidad del solicitante para evitar accesos no autorizados.

Los derechos de los pacientes y las acciones necesarias se resumen en la siguiente tabla:

Derecho del Paciente Acción Requerida Plazo de Respuesta
Acceso Proporcionar una copia gratuita de todos los datos personales y de salud. 1 mes
Rectificación Corregir información inexacta o incompleta. 1 mes
Supresión Eliminar datos, salvo que sean necesarios por obligaciones legales o médicas. 1 mes
Portabilidad Facilitar los datos en un formato legible por máquina (e.g., CSV, XML). 1 mes
Oposición Detener el procesamiento para fines específicos, como el marketing. Respuesta inmediata (en marketing)

En ciertos casos, como cuando los datos son esenciales para la atención médica o deben conservarse según la Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente, no se podrán eliminar. En estas situaciones, explica claramente al paciente los motivos y mantén un registro detallado de todas las solicitudes y respuestas para demostrar cumplimiento ante la AEPD.

Medidas de Seguridad para Datos de Pacientes

Proteger la confidencialidad de los datos clínicos no es únicamente una obligación legal, sino también un compromiso de confianza. Estas medidas forman parte del plan integral de cumplimiento del RGPD, diseñado para garantizar la seguridad de la información en cada etapa del tratamiento de datos. Tanto el RGPD como la Ley Orgánica 3/2018 exigen que las consultas médicas adopten medidas técnicas y organizativas proporcionales al nivel de riesgo. Hasta la fecha, las autoridades de protección de datos en la UE han impuesto 237 sanciones al sector sanitario, acumulando aproximadamente 22.800.000 €. Esto evidencia un monitoreo activo, especialmente en lo que respecta a datos de salud, considerados como "categoría especial" bajo el RGPD. A continuación, se describen las medidas técnicas y organizativas esenciales para proteger esta información.

Control de Acceso y Autenticación

El acceso a los datos de los pacientes debe estar limitado exclusivamente al personal autorizado y solo en la medida necesaria para desempeñar sus funciones. Implementa controles de acceso basados en roles para garantizar que cada miembro del equipo solo acceda a la información relevante para su trabajo. Además, verifica la identidad mediante certificados digitales y códigos seguros de verificación (CSV), especialmente al acceder a plataformas electrónicas o sistemas de gestión clínica.

"Un médico no está autorizado a conocer información confidencial de un paciente con el que no tiene una relación profesional." – AEPD

Registrar las actividades de tratamiento es clave para auditorías y para demostrar cumplimiento en caso de inspecciones. Antes de adoptar nuevas tecnologías de acceso, consulta con tu Delegado de Protección de Datos (DPO) para confirmar que cumplen con las normativas actuales, como las Guías 01/2025 y 02/2025 del Comité Europeo de Protección de Datos (EDPB), que destacan la seudonimización como una medida técnica fundamental.

Cifrado de Datos y Comunicación Segura

Además de los controles de acceso, es crucial garantizar que la información esté protegida tanto en reposo como en tránsito. El cifrado asegura que los datos permanezcan ilegibles en caso de pérdida o robo de dispositivos, evitando así que el incidente se clasifique como una violación de alto riesgo. Aplica cifrado completo en los discos de portátiles, tablets y teléfonos móviles utilizados por el personal. Para bases de datos y servidores, utiliza estándares como AES-256.

Cuando compartas información clínica por correo electrónico o con laboratorios externos, asegúrate de que las plataformas utilicen cifrado de extremo a extremo o protocolos seguros como TLS/SSL y SFTP. Aunque muchas herramientas modernas ya incluyen cifrado integrado, es fundamental auditar a tus proveedores para garantizar su seguridad. Combina estas medidas con controles de acceso basados en roles para que solo el personal autorizado pueda descifrar y visualizar información específica.

Estado del Cifrado Aplicación en Salud Tecnología Recomendada
En Reposo Historiales médicos, bases de datos y copias de seguridad AES-256, cifrado de bases de datos
En Tránsito Telemedicina, envío de resultados de laboratorio TLS/SSL, cifrado de extremo a extremo, VPNs
En Dispositivos Móviles Equipos portátiles, tablets y smartphones del personal clínico Gestión de dispositivos móviles (MDM) con cifrado forzado
Durante el Intercambio Transferencias a especialistas o aseguradoras SFTP, portales seguros

Respuesta y Gestión de Violaciones de Datos

Cuando ocurre una violación de seguridad, actuar rápidamente es esencial. Como responsable, evalúa si la violación implica un riesgo para los derechos de los pacientes y notifica a la AEPD cuando sea necesario. Si el riesgo es alto, también deberás informar a los pacientes afectados sin demora.

En abril de 2025, la AEPD sancionó a Marina Salud, S.A. con 500.000 € por no notificar sobre el uso de subcontratistas informáticos que manejaban datos sensibles de salud y genéticos. Ese mismo mes, Orange Bank, S.A. recibió una multa de 200.000 € tras un ataque de ransomware a su encargado, Marktel, que permitió el acceso no autorizado a datos personales, incluidos IBANs sin cifrar adecuadamente. Estos casos dejan claro que los responsables son también responsables de las violaciones ocurridas en sus encargados.

"La obligación del responsable y del encargado de implementar medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo es una obligación de medios y no de resultados." – Tribunal Supremo de España

No todas las violaciones requieren notificar a los pacientes. Si has implementado medidas de protección técnica (como el cifrado) que hacen los datos ininteligibles o si has tomado medidas posteriores que eliminan el riesgo alto, puedes estar exento de notificar individualmente. Sin embargo, todas las violaciones deben documentarse en un registro interno que incluya los hechos, sus efectos y las acciones correctivas tomadas, incluso si no se informa a la AEPD. Para determinar si una violación específica requiere notificación formal bajo el Artículo 33, utiliza la herramienta de autoevaluación de la AEPD. Este enfoque rápido y documentado es una parte esencial de los procedimientos internos para mantener el cumplimiento continuo del RGPD.

Procedimientos Internos y Formación del Personal

Las medidas técnicas, por sí solas, no bastan para proteger los datos si no van acompañadas de procesos organizados y formación adecuada. Documentar los flujos de trabajo y capacitar al personal no solo contribuye a cumplir con la normativa de la AEPD, sino que también minimiza errores humanos que podrían terminar en sanciones. Los organismos encargados de supervisar el RGPD no aceptan como excusa ni la ignorancia ni los errores humanos frente a las infracciones. Por eso, establecer procedimientos internos sólidos que conecten las medidas técnicas con las prácticas diarias es clave para garantizar el cumplimiento.

Creación de Procedimientos Internos por Escrito

Toda consulta debe contar con un registro documentado de sus procedimientos de gestión diaria de datos. La Ley 41/2002 impone la obligación de garantizar la seguridad, conservación y recuperación de los historiales médicos. Esto incluye protocolos específicos para:

  • La gestión de expedientes físicos y digitales.
  • El uso de dispositivos móviles por parte del personal clínico.
  • La atención a los derechos de los pacientes, como acceso, rectificación y supresión de datos, dentro del plazo de un mes.

Un elemento esencial es contar con un plan de respuesta ante violaciones de datos. Este plan debe estar documentado, probado periódicamente y detallar los pasos para notificar a la AEPD en un plazo máximo de 72 horas tras detectar una brecha. Además, debe incluir procedimientos para gestionar los datos de personas fallecidas, permitiendo a familiares o personas designadas ejercer derechos de acceso, rectificación o supresión, salvo que el fallecido lo haya prohibido expresamente. Si se realiza investigación sanitaria, es necesario documentar procesos como la seudonimización y someter las actividades a la revisión de un comité de ética, que debe incluir la participación de un Delegado de Protección de Datos (DPO).

Formación del Personal en Requisitos del RGPD

La formación del personal debe ajustarse a las funciones específicas de cada puesto. Por ejemplo, el personal administrativo necesita conocer cómo gestionar solicitudes de acceso a datos, mientras que los médicos deben saber en qué situaciones pueden procesar información sin consentimiento explícito. El DPO tiene la responsabilidad de educar al equipo sobre los derechos de los interesados y supervisar las actividades relacionadas con el cumplimiento.

Se recomienda realizar formación anual, complementada con actualizaciones trimestrales sobre ciberseguridad. Es fundamental incluir evaluaciones tras cada sesión para comprobar la comprensión del personal. La formación debe enfocarse en reconocer posibles violaciones de datos de manera inmediata, ya que entre 2022 y 2023 se notificaron aproximadamente 110.000 brechas de datos personales, resultando en multas que sumaron cerca de 1.640 millones de euros. También es importante inculcar hábitos prácticos, como políticas de escritorio limpio y el bloqueo de archivadores físicos. Además, garantizar que terceros cumplen con estas mismas medidas es un punto clave que se tratará en el siguiente apartado.

Gestión de Contratos con Encargados del Tratamiento

Es indispensable formalizar contratos con proveedores externos que gestionen datos, como servicios de nube, facturación o laboratorios. Estos contratos deben especificar aspectos como el alcance, duración, naturaleza y propósito del tratamiento, además de detallar las categorías de datos de salud implicados (como historiales médicos o datos genéticos) y los tipos de interesados (pacientes, personal). Todo esto debe cumplir con el Artículo 28 del RGPD.

"Los acuerdos celebrados con proveedores de servicios tecnológicos deberán incluir disposiciones claras que regulen cualquier asunto relacionado con la propiedad, análisis y explotación de los datos." – Baker McKenzie

El contrato debe garantizar que el encargado actúe exclusivamente bajo instrucciones documentadas del responsable, incluir cláusulas de confidencialidad para el personal del proveedor, y detallar las medidas técnicas y organizativas, como el cifrado y la seudonimización. Además, debe incluir una cláusula que obligue al encargado a notificar de inmediato cualquier violación de datos, permitiendo cumplir con el plazo de 72 horas. En caso de transferencias internacionales fuera de la UE/EEE, es obligatorio implementar Cláusulas Contractuales Tipo (CCT).

Para mantener el control, se recomienda llevar un registro centralizado de todos los encargados, los datos a los que acceden y el estado de sus Acuerdos de Tratamiento de Datos (DPA). También es importante programar revisiones anuales para verificar el cumplimiento continuo de estos acuerdos.

Checklist Completo de Cumplimiento del RGPD

Checklist Completo por Categoría

Este checklist organiza las obligaciones del RGPD en cuatro áreas clave, ayudando a realizar auditorías internas y a minimizar posibles errores.

Documentación Legal y Gobernanza:

  • Mantener un Registro de Actividades de Tratamiento (RPA) actualizado, que detalle el propósito del tratamiento, los tipos de datos recopilados y los terceros con acceso.
  • Nombrar un Delegado de Protección de Datos (DPO) si se gestionan datos sensibles a gran escala, como los de salud.
  • Realizar Evaluaciones de Impacto de Protección de Datos (DPIA) para actividades de alto riesgo, como el uso de nuevas tecnologías de telemedicina.

Derechos de los Pacientes y Consentimiento:

  • Establecer procedimientos para gestionar solicitudes de acceso, rectificación, eliminación y portabilidad de datos en un plazo máximo de un mes.
  • Ofrecer una política de privacidad clara, accesible y transparente que explique la base legal para la recopilación de datos.

Medidas de Seguridad Técnicas:

  • Implementar cifrado para datos tanto en reposo como en tránsito.
  • Utilizar controles de acceso basados en roles.
  • Registrar quién accede a los datos y cuándo.
  • Separar los datos identificativos personales (como DNI o número de Seguridad Social) de los datos clínicos en los historiales médicos, cumpliendo con la Ley 41/2002 sobre Autonomía del Paciente.
  • Contar con un plan documentado y probado para responder a brechas de datos, notificando a la AEPD en un plazo de 72 horas tras detectar el incidente.

Procedimientos Internos y Terceros:

  • Formalizar Contratos de Encargado del Tratamiento (DPA) con todos los proveedores externos que gestionen datos, como servicios de nube, facturación o laboratorios.
  • Proporcionar formación anual específica por roles al personal, complementada con actualizaciones trimestrales sobre ciberseguridad.
  • Mantener un registro centralizado de todos los encargados, los datos a los que acceden y el estado de sus acuerdos, revisándolos anualmente para garantizar el cumplimiento.

Con estas medidas, las funcionalidades de Mundoctor permiten integrar y automatizar estos procesos para facilitar el cumplimiento normativo.

Uso de Mundoctor para el Cumplimiento del RGPD

Mundoctor

Mundoctor no solo ayuda a cumplir con estos requisitos, sino que también ofrece herramientas diseñadas específicamente para consultas médicas en España:

  • Gestión de consentimiento digital: Registra y almacena el consentimiento explícito de los pacientes, conforme a los Artículos 7 y 9 del RGPD.
  • Videoconsultas cifradas: Protege las comunicaciones sensibles, incluidas grabaciones y chats, mediante medidas técnicas y organizativas (TOMs) según el Artículo 32.
  • Copias de seguridad automatizadas: Aseguran la integridad y confidencialidad de los datos de salud, evitando pérdidas, daños o destrucción accidental.
  • Registros de acceso y pistas de auditoría: Facilitan el seguimiento y la rendición de cuentas, algo crucial considerando los 110.000 incidentes de datos personales reportados entre 2022 y 2023, que resultaron en multas cercanas a los 1.640 millones de euros.
  • Herramientas de exportación y eliminación de datos: Permiten atender solicitudes de los interesados, como el derecho de acceso o el derecho al olvido, de manera eficiente.

Por solo 39,95 €/mes con el plan Mundoctor Pro, las consultas pueden acceder a todas estas herramientas, además de disfrutar de pacientes ilimitados, un calendario completo, recordatorios automáticos y soporte técnico continuo. La plataforma centraliza la gestión de datos de los pacientes, simplificando el cumplimiento de las solicitudes dentro del plazo legal de un mes, integrando así la normativa en la práctica médica digital.

Conclusión

Cumplir con el RGPD no es solo una obligación legal para las consultas de salud en España, sino también una forma de reforzar la confianza de los pacientes. Proteger los datos personales no es un detalle menor; es la base para construir relaciones sólidas y garantizar una atención sanitaria de calidad. Cuando los profesionales sanitarios manejan la información sensible con transparencia y responden con rapidez a las solicitudes de privacidad, no solo cumplen con la normativa, sino que también fortalecen la relación con sus pacientes y la credibilidad del sistema sanitario.

Los datos lo dejan claro: entre 2022 y 2023 se registraron unas 110.000 brechas de datos personales, lo que resultó en multas que rondan los 1.640 millones de euros. En el sector sanitario, en concreto, se impusieron 237 sanciones que alcanzaron un total aproximado de 22,8 millones de euros. Estas cifras reflejan la importancia de adoptar medidas preventivas efectivas desde el principio.

La tecnología juega un papel clave en este proceso. Por ejemplo, herramientas de automatización pueden reducir hasta un 90 % el trabajo manual necesario para gestionar la seguridad y la privacidad de los datos. Soluciones como Mundoctor simplifican enormemente estas tareas al centralizar la gestión de consentimientos digitales, ofrecer videoconsultas cifradas, mantener registros de acceso auditables y facilitar la respuesta a solicitudes de los pacientes. Todo esto por 39,95 €/mes, lo que permite a los profesionales centrarse en lo más importante: la atención médica.

Adoptar este enfoque no solo asegura el cumplimiento normativo, sino que también mejora la eficiencia y la seguridad en la práctica diaria. Auditar los datos que manejas, identificar puntos débiles en tu documentación legal, establecer procedimientos para gestionar los derechos de los pacientes y formalizar contratos con proveedores externos son pasos imprescindibles. Con estos fundamentos, tu consulta no solo estará al día con la normativa, sino que también se posicionará como un ejemplo de buenas prácticas en la protección de datos en el ámbito sanitario.

FAQs

¿Cuáles son las consecuencias de no cumplir con el RGPD en una consulta médica en España?

No respetar el RGPD en una consulta médica en España puede conllevar sanciones económicas muy elevadas, incluyendo multas de hasta el 4 % de la facturación anual global de la empresa o 20.000.000 €, el importe que sea mayor.

Pero las consecuencias no terminan ahí. El incumplimiento puede afectar gravemente la reputación de la consulta, provocar una pérdida de confianza de los pacientes y abrir la puerta a posibles acciones legales relacionadas con la protección de datos personales. Cumplir con el RGPD no solo ayuda a evitar estos problemas, sino que también fortalece la confianza y la seguridad que los pacientes depositan en el servicio médico.

¿Cuándo debe una consulta médica nombrar un Delegado de Protección de Datos (DPO)?

En España, una consulta médica debe designar un Delegado de Protección de Datos (DPO) si lleva a cabo un seguimiento sistemático y a gran escala de datos personales o si maneja datos sensibles, como información de salud. Esto es especialmente relevante cuando el tratamiento de estos datos forma parte central de sus actividades.

Contar con un DPO no solo asegura el cumplimiento del RGPD, sino que también refuerza la protección de la privacidad de los pacientes, un pilar fundamental en el ámbito sanitario.

¿Cómo se garantiza un consentimiento válido de los pacientes según el RGPD?

Para cumplir con el RGPD, el consentimiento debe ser explícito, informado y específico. Esto significa que los pacientes deben entender perfectamente para qué se usarán sus datos y conocer sus derechos, incluido el de retirar el consentimiento en cualquier momento.

Es crucial que la solicitud de consentimiento sea clara y fácil de entender, utilizando un lenguaje sencillo y transparente. También es buena práctica ofrecer herramientas que permitan a los pacientes gestionar su consentimiento de manera autónoma y sin dificultades.